
INTER INFORMA / PROFESOR ANDRÉS CÓRDOVA PHELPS – Los derechos civiles bajo el territorio no incorporado de Puerto Rico
La Comisión de Derechos Civiles de Estados Unidos (USCCR, por sus siglas en inglés) es una agencia federal independiente, bipartita, cuya misión consiste en estudiar y recopilar información relacionada con el discrimen y la violación a la igual protección de las leyes bajo la Constitución, sea por motivos de raza, color, religión, sexo, edad, discapacidad, origen nacional. De conformidad con la Ley de Comités Asesores, recientemente se constituyeron los comités asesores para los territorios de Estados Unidos. El Comité Asesor para Puerto Rico fue creado en el 2022, y está integrado por doce personas, quienes voluntariamente representan, como cuerpo, el espectro político que caracteriza la política puertorriqueña.
Desde el 2022, el Comité Asesor se ha reunido públicamente en múltiples ocasiones para deliberar sobre los problemas de derechos civiles que aquejan a los residentes de Puerto Rico. El Comité decidió unánimemente que el problema subyacente que incide consistentemente en el tema de los derechos civiles en Puerto Rico es su relación de subordinación política con los Estados Unidos.
Puerto Rico fue cedido por España a Estados Unidos por el Tratado de París de 1898. El Artículo IX del tratado específicamente dispone que los derechos civiles y el estatus político de los habitantes de los territorios cedidos serían atendidos por el Congreso. En las primeras décadas del siglo XX, el Tribunal Supremo de Estados Unidos, comenzando con Downes v. Bidwell (1900), articuló y desarrolló la doctrina de los territorios no incorporados, posesiones pertenecientes, pero no parte de los Estados Unidos. Esta doctrina, de raíces netamente segregacionistas, autoriza al Congreso a aplicar de manera selectiva, con algunas cortapisas, los derechos constitucionales a sus ciudadanos.
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En 1900 el Congreso legisló la Ley Foraker, creando un gobierno civil insular, sujeto a la autoridad federal. En 1917 el Congreso legisló la Ley Jones, otorgándole la ciudadanía americana a los puertorriqueños, y parcialmente modificando las estructuras del gobierno insular. Posteriormente, el Balzac v. Porto Rico (1922) el Tribunal Supremo reiteró que aún con la ciudadanía americana Puerto Rico continuaba como un territorio no incorporado y, en este caso, sin derecho a juicio por jurado en un caso criminal como lo requiere la Sexta Enmienda de la Carta de Derechos. La Ley de Relaciones Federales y la Ley 600 (1950) no modificaron la naturaleza territorial de Puerto Rico.
Hoy los Casos Insulares son la justificación constitucional para la desigual y dispar aplicación de las políticas públicas que definen la relación entre los territorios no incorporados y Estados Unidos, facultando al Congreso actuar con imperiosa amplitud bajo los poderes plenarios del artículo IV, Sección 3, de la Constitución. Los Casos Insulares son el nervio del marco político-jurídico que trata a los ciudadanos de los territorios de manera “separate and unequal”, en frase del fallecido juez Juan Torruella.
En los últimos siete años, el Tribunal Supremo de Estados Unidos ha producido una nueva generación de Casos Insulares: Puerto Rico v. Sanchez Valle (2016), Puerto Rico v. Franklin California Tax-Free Trust (2016), Financial Oversight and Management Board for Puerto Rico v. Aurelius Investment (2019) y U.S. v. Vaello-Madero (2022). Unidos PROMESA (2016), estos casos ilustran los poderes omnímodos del Congreso para discriminar contra los ciudadanos por razones geográficas, raciales y nacionales. Como comentó el juez asociado Neil Gorsuch en su opinión concurrente en U.S. v. Vaello-Madero, los casos insulares no tienen fundamento en la Constitución y descansan sobre estereotipos raciales que no merecen un sitio en nuestro ordenamiento.
El miércoles 10 de mayo de 2023 en la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana de Puerto Rico, el Comité Asesor de Puerto Rico para la Comisión de Derechos Civiles de Estados Unidos tendrá su primera vista pública para recibir testimonio sobre cómo los casos insulares y la doctrina de los territorios no incorporados inciden y afectan el ejercicio de los derechos civiles de sus ciudadanos, específicamente en torno al derecho al voto, la participación en los programas públicos federales y la discriminación por raza y origen nacional.
En estas vistas públicas participarán ciudadanos en su carácter personal, académicos, y organizaciones comunitarias, entre otros, reflejando las diversas perspectivas políticas presentes en Puerto Rico. Las audiencias tendrán un espacio para comentario público y serán transcritas en español e inglés. El propósito fundamental de este proceso que se inicia con este evento es recopilar la información necesaria para luego asesorar a la Comisión de Derechos Civiles de Estados Unidos del continuo y perjudicial impacto de los Casos Insulares y la doctrina del territorio no incorporado, y el costo prohibitivo que implica para el ejercicio de los derechos civiles del pueblo de Puerto Rico.
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