
INTER INFORMA / Dr. JULIO FONTANET MALDONADO – No hay que menstruar para entender
Muchas personas hablan y pregonan que creen en la igualdad de género; es decir, defienden la igualdad entre todos los seres humanos sin importar su sexo o género. Ello no debe sorprendernos. Desde una perspectiva humanista o cristiana, es lo correcto. En pleno siglo 21, no debe ser una aspiración polémica o radical, sino la consecuencia lógica de lo que hemos aprendido como entes vivientes y como especie con el pasar de los siglos.
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A pesar de lo anterior, me han llamado la atención algunas objeciones ensordecedoras que han surgido al proyecto presentado sobre las licencias para las personas menstruantes. Lo más sorprendente ha sido escuchar —como fundamento primario para oponerse— que la aprobación del proyecto va a afectar la contratación de mujeres en el mercado laboral. Inclusive, algunos empresarios entrevistados en los medios radiales la pasada semana expresaban —sin contemplación de clase alguna— que, de convertirse en ley el referido proyecto, iban a tener que favorecer a los varones en la contratación debido a los costos asociados con esos nuevos días por “enfermedad” de los cuales serían merecedoras las personas menstruantes.
Pienso que debieron orientarse mejor antes de hacer dichas expresiones públicamente, ya que podrían constituir prueba prima facie en su contra en una futura reclamación por discrimen. Sin embargo, más importante aún es su falta de sensibilidad para internalizar que es injusto que las mujeres tengan que cargar a su licencia de enfermedad los días en que la menstruación les impide trabajar; situación que, evidentemente, los varones no padecemos.
El texto del proyecto debe examinarse para atender algunos escenarios y circunstancias que necesitan esclarecerse. Ciertamente, no todas las personas menstruantes sufren las mismas condiciones y dolores durante su ciclo menstrual; tampoco estos son similares en la misma persona cada mes. Surgen también algunas interrogantes, como, por ejemplo, si la licencia contemplada es para todas las personas menstruantes o solo para aquellas que tengan padecimientos que les imposibiliten o dificulten laborar. También hay que aclarar si es necesario requerir certificado médico en esos casos. Muchas de estas interrogantes tienen que atenderse. No obstante, independientemente de las aclaraciones o ajustes al proyecto, lo que no puede perderse de perspectiva es que promueve la igualdad y les hace justicia a las mujeres.
Los que aspiramos a una verdadera igualdad entre todas las personas debemos internalizar que no se trata de una igualdad formal, sino de una igualdad real en la que se reconozca la excepcionalidad de la mujer en el orden social, incluido el laboral. En otras palabras: no se trata tan solo de que tenga el mismo acceso y prerrogativas en el mundo laboral que tenemos los varones, sino de que, en ese entorno, tenga posibilidades como las de cuido y lactancia, entre tantas otras consideraciones, que realmente la posicionen en igualdad de condiciones con los varones.
De igual manera, en el mundo laboral la presencia cuantitativa y cualitativa de las mujeres es irreversible, por lo que es necesario que el ordenamiento jurídico esté adecuado a dicha realidad. Es precisamente por todo lo anterior que resulta preocupante que la objeción al proyecto esté sustentada en consideraciones estrictamente económicas, como si el aspecto económico primara sobre cualquier otra consideración. Incluso, si queremos más mujeres en el mundo laboral y que también consideren la procreación, tenemos que crear las condiciones para ello.
Reconocer la excepcionalidad de la mujer es indispensable para la continuidad de la especie humana mediante la procreación y para esta última es fundamental la menstruación. No aparenta ser asunto muy complicado de entender; mucho menos es necesario pasar por el ciclo menstrual para sentir empatía con el reclamo presentado.
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