19 Apr 2021

El gobierno insiste en identificar y utilizar los fondos públicos necesarios para la elección especial de una “delegación congresional de Puerto Rico”. Lo hace para cumplir con la Ley 167-2020, que así lo ordena, y a tenor con el “mandato” electoral de la votación celebrada en noviembre pasado. Actúa en contra del sentir de la mayoría parlamentaria y, por el momento, de la junta federal que nos gobierna. El conflicto no será resuelto por la rama judicial puertorriqueña, por considerarse que en esta etapa sería prematuro hacerlo.

Esta es la extraña realidad jurídica presente. ¿Cómo explicar este enjambre? Una vez más, la verdad es encubierta por las formas jurídicas. Más interesante aun, en este caso, por la arquitectura legalista de la territorialidad colonial. Son leyes de Puerto Rico avaladas por el Tribunal Supremo de Puerto Rico tras enfrentarse a controversias que le fueron elevadas para su atención. Es solo el comienzo de un enredo mayor. Al respecto, ya reflexionaba en este espacio, en la columna titulada “La estadidad como fin público” (El Nuevo Día, 7 de octubre de 2020).

Sin embargo, esta no es la realidad jurídica reconocida en la metrópolis. El evento plebiscitario que produjo el supuesto mandato fue cuestionado por el gobierno federal antes de celebrarse. La posición del Departamento de Justicia federal fue prístina: este proceso se “presta a engaño”, “discrimina a favor de la alternativa de la estadidad”, “confundirá al elector” y se fundamenta en comparaciones históricas “incorrectas”. Esas fueron solo algunas de las caracterizaciones sobre el proceso hechas por esta agencia. Ante el Congreso ocurre algo similar: los dos proyectos de ley que se discuten sobre este tema reflejan la incertidumbre legislativa federal sobre lo avalado por las leyes de Puerto Rico.

La realidad y las vivencias en la “jueyera boricua” son muy distintas a las que reconocen nuestras leyes y jurisprudencia sobre este asunto. Únicamente los sectores que favorecen la estadidad creen que hay un mandato claro y autoejecutable para solicitar la admisión como estado. Cuando el gobernador de turno afirma que sería una “falta de respeto” no cumplir con este mandato, muy pocas personas lo perciben realmente de esa manera. Al contrario, la “delegación congresional” es conocida por los medios de comunicación y la mayoría de la población como “cabilderos de la estadidad”.

El gobierno quiere incurrir en gastos millonarios recurrentes para promover un fin político partidista. La nueva política pública es promover la estadidad mediante el uso de fondos públicos que provienen de contribuyentes de todas las creencias políticas. Con razón, la prisa e insistencia del gobierno ejecutivo de turno se perciben con gran incredulidad y asombro. Ante todo, cuando esta misma prisa e insistencia no se revela para resolver las situaciones de sobrevivencia urgentes que confrontamos.

Los peores conflictos vinculados a esta errada ejecución e interpretación del derecho constitucional puertorriqueño están por venir. No debe olvidarse que estos cabilderos, si finalmente son electos, serán personas con salarios de cientos de miles de dólares. Estarían adscritos a la Oficina de Puerto Rico en Washington DC, pero no pertenecen a esta dependencia gubernamental. Nadie los supervisará adecuadamente. Solo pueden ser destituidos por incumplir con unos deberes no particularizados mediante un proceso judicial iniciado por el secretario de Justicia. Es muy confuso comprender la naturaleza de este “novel” funcionario electo. ¿Les aplica o no la Ley de Ética Gubernamental? ¿Deben rendir informes financieros ante esta entidad? ¿Cómo exactamente van a rendir cuentas?

Si el nuevo estado de derecho establece que promover la estadidad es ahora una nueva política pública del gobierno, entonces los creyentes en este ideal ¿están inmunes a la aplicación del Artículo 4.2, y sus incisos (i-n) de la Ley de Ética Gubernamental? Esta ley define “actividades políticas” como aquellas que adelanten los intereses de los partidos políticos. Es decir, ¿están autorizados estos empleados públicos a usar en sus oficinas símbolos que promuevan la estadidad? ¿Pueden dirigir, fomentar todo tipo de actividad financiera para lograr adelantar este fin público? ¿Cómo se les va penalizar por promover una política pública a la que el gobernador ha pedido “respeto”? Una vez más, perfecta identidad entre gobierno y partido político. No hay diferencia entre el interés público y el privado. Va tener mucho trabajo la legalidad que ejecuta la Fiscalía federal, gracias al “mandato electoral”.

Una vez más, la verdad y la realidad pretenden ser encubiertas por las formas jurídicas. En los asuntos relacionadas con nuestra descolonización, este camino solo complicará el fin que pretende resolver.