
Dr. Julio Fontanet Maldonado / Inter Derecho – Los hijos talentosos
lunes, 30 de diciembre de 2019
Con el tan particular término “los hijos talentosos”, la representante María Milagros “Tata” Charbonier se refirió a ciertos hijos e hijas de funcionarios públicos que disfrutan de sustanciales contratos o designación en importantes puestos en el gobierno. Acuñar la expresión por parte de Charbonier fue resultado de varios reportajes y señalamientos en los que se cuestionaba dicha práctica. No deben sorprendernos esos planteamientos. Es, ciertamente, uno de los grandes atributos de esta parte del mundo en que la abrumadora mayoría de las personas comparte una saludable mentalidad antimonárquica.
La polémica generada sobre este tema me hizo recordar los comentarios de dos amigos con quienes en algún momento compartí en transmisiones radiales de análisis. El primero fue con el profesor José Arsenio Torres. Al examinar una situación análoga, José Arsenio me expresó: “Querido Julio, tienes que entender que en Puerto Rico desde la década de los cincuenta hay familias que, al nacer sus descendientes, los inscriben en el presupuesto del fondo general antes que en el Registro Demográfico”. Es decir: esas personas dependerán el resto de su vida de fondos públicos para medrar y “tener éxito”. El otro lo originó el recordado Carlos Gallisá al referirse al hijo de un famoso político que en aquel entonces aspiraba a uno de los puestos electivos más importantes en el país, pero que nunca había ostentado o aspirado a puesto electivo alguno. Así, pues, quería comenzar en grande. Utilizando una analogía con el béisbol, expresó Gallisá: “Lo que le pasa a ese individuo es que está en tercera base y él se cree que llegó a allí porque bateó un triple”. El analista básicamente expresaba que el candidato debería internalizar que ya se encontraba en tercera base, no por sus atributos profesionales, sino por su “linaje”.
De entrada, hay que consignar que no hay nada negativo en que una persona y sus familiares dediquen su vida al servicio público. Todo lo contrario, es encomiable y ciertamente debería ser una especie de apostolado cuando genuinamente se viene a servir y no a servirse. A mi juicio, lo importante es que las personas cuenten con los méritos académicos y profesionales (¡ambos por favor!, recordemos el verano de 2019) para poder, en principio, descartar cualquier consideración indebida en su reclutamiento.
Otro aspecto fundamental es la ausencia de conflictos de interés. Por ejemplo, imagínense a el/la hijo/a de un/a importante funcionario público que es supervisado por a una persona supervisada a su vez o nombrada por el padre o madre del primero. Paralelamente, existiría un conflicto cuando el funcionario público pacta con un contratista o corporación con la cual su familiar es empleado o tiene interés económico. Finalmente, se debe estar alerta cuando un funcionario público contrata a empleados que son familiares de otros empleados públicos que, a su vez, contratan a los familiares del primero
Las prácticas señaladas afectan la percepción del pueblo sobre la contratación de familiares. Nuevamente, ojalá que personas con aptitudes propias y con la vocación de servir participen en el servicio púbico, independientemente de quiénes son sus padres. Lo fundamental es revisar sus cualificaciones y la ausencia de conflictos de interés. Del mismo modo que criticamos el nepotismo cuando es necesario hacerlo, tampoco debemos perjudicar a profesionales probos por ser hijos de papa o de mama. Claro, el asunto del “talento” debe referirse exclusivamente a consideraciones endógenas de la persona, no a méritos o capacidades erigidos por razón de sangre o herencia —como en las monarquías, reales o ficticias, que viven como parásitos de lo que el pueblo produce— o montados por asesores de imagen que encubren consideraciones proscritas.
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